El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó hace unos días la orden de bases para la convocatoria de las ayudas 5G Redes Activas del programa UNICO, que contarán con un presupuesto de más de 500 millones de euros para desplegar en municipios de menos de 10.000 habitantes el equipamiento necesario en los servicios de la nueva movilidad.
Estas ayudas están dirigidas a los operadores con derechos de uso de frecuencias en las bandas 5G, para incentivarles al desplegar esta tecnología también en municipios de menor tamaño, y también UTEs entre las que se encuentren algún operador con las características requeridas, según informa el Gobierno en un comunicado. Esta orden de bases llega tras el visto bueno de Bruselas a una partida de 680 millones de euros para el despliegue del 5G en zonas rurales.
Se subvencionará la provisión de equipamiento necesario activo y pasivo : unidad de banda base, unidad e radio, antenas y elementos complementarios necesarios para la prestación de servicios 5G stand alone (5G SA). Este tendrá “las características de valor añadido de computación en el borde (edge computing) y virtualización múltiple de redes (network slicing)”,
Así, en esta orden de bases el Gobierno prioriza la implantación de infraestructuras activas 5G sobre emplazamientos ya existentes. En caso de no ser adecuados “se podrá incluir la provisión de la infraestructura física pasiva necesaria correspondiente a un nuevo emplazamiento” incluyendo torres o postes y sistemas de alimentación de energía o conexión con las redes de energía.
En los criterios de evaluación también se valora la cantidad de población cubierta y los kilómetros de carretera, así como la construcción de nuevos emplazamientos. Los proyectos que se adjudiquen deberán estar finalizados antes del 30 de junio de 2025
Backhaul y los 5.000 habitantes
Las infraestructuras de bckhaul de fibra óptica también son subvencionables, aunque siempre para emplazamientos ubicados en municipios de menos de 5.000 habitantes, Siempre que carezcan de ella y que no hayan obtenido incentivos a través de la línea de ayudas habilitada para ello, el UNICO 5G-Redes Backhaul.
En este apartado se contempla “tanto la infraestructura física a construir y los elementos pasivos de un despliegue de fibra oscura, como los elementos activos necesarios para la iluminación de la fibra y para la gestión del tráfico de datos generado por las estaciones base de telefonía móvil a las que se provee la citada conexión backhaul de fibra en un determinado emplazamiento”. Es decir, desde las obras de ingeniería hasta los elementos activos para la gestión del tráfico de datos.
Acceso mayorista a terceros
Por lo que respecta al acceso a terceros, la orden de bases establece que los beneficiarios de estas ayudas “deberán proporcionar a los operadores de servicios de comunicaciones electrónicas que lo soliciten, acceso de forma transparente y en condiciones equitativas y no discriminatorias al equipamiento activo instalado que se haya beneficiado de esta ayuda”, dado que el acceso mayorista es un componente esencial de las redes financiadas por el Estado.
Es decir, que estarán obligados a prestar un servicio de roaming, además de dar acceso a sus infraestructuras de torre. La compañía adjudicataria, en el plazo de seis meses desde la finalización del proyecto, estará obligada a publicar y mantener actualizada en su página web la información de una oferta de referencia de acceso a las infraestructuras. Esta deberá incluir los elementos pasivos como activos de la misma, capacidad disponible y precios, y comunicar estas ofertas de referencia y enlace web de publicación a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Proveedores de alto riesgo
Por otra parte, la orden de bases publicada en el BOE prohíbe que en estas redes se implanten “equipos, componentes, integraciones de sistemas y software asociado en los elementos críticos de las redes 5G no serán adquiridos a proveedores que hayan sido designados como de alto riesgo por España, en base a los criterios de la Toolbox sobre ciberseguridad 5G”.
Esta condición está contemplada en el Real Decreto-ley 7/2022, de 29 de marzo, sobre requisitos para garantizar la seguridad de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas de quinta generación, y en su normativa de desarrollo. Este contempla un plazo máximo de 2 años (24 meses) para el caso de que, “una vez ejecutado el proyecto, el suministrador 5G seleccionado por el beneficiario es declarado de riesgo alto” se sustituya dicho equipamiento. Un cambio que el adjudicatario deberá realizar “a su coste”.