La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Telefónica con 5 millones por un nuevo incumplimiento de varias cláusulas de los compromisos tras la compra de DTS en 2015. Es la segunda multa a la compañía este año por incumplir los compromisos de esa adquisición.
La autorización de la compra de DTS por parte de Telefónica quedó condicionada al cumplimiento de unos compromisos propuestos por Telefónica y aprobados por la CNMC el 22 de abril de 2015.
Los compromisos tenían una vigencia inicial hasta abril de 2020, pero la CNMC los prorrogó por un período de tres años.
El acuerdo entre DAZN y Telefónica por el que el primero adquirió en exclusiva los derechos de emisión de la Fórmula 1 para las temporadas 2021, 2022 y 2023, y que permitió a Telefónica acceder a todos los contenidos de DAZN, vulnera varios aspectos.
En primer lugar, Telefónica estaba obligada a poner a disposición de otros operadores de televisión de pago en España una oferta mayorista de canales propios premium, considerando canal premium aquel que incluya, entre otros contenidos, algún evento deportivo en directo de Fórmula 1.
Asimismo, se prohibía a Telefónica adquirir y explotar derechos exclusivos de emisión de canales de televisión editados por terceros.
Los compromisos incluían un sistema para establecer el precio de determinados canales de la oferta mayorista de canales premium de Telefónica; en particular de Fútbol, Fórmula 1 y Moto GP. El precio para los operadores que deseen contratarlos debía estar sujeto a un sistema de Coste Mínimo Garantizado (CMG) para compartir el riesgo que asume Telefónica al adquirir los derechos de emisión exclusiva en España de los citados contenidos audiovisuales.
Telefónica ha excluido los contenidos premium de Fórmula 1 de su oferta mayorista y los comercializó en exclusiva en favor de DAZN. También incluyó en el acuerdo una previsión por la que cualquier abonado de Telefónica que reciba contenidos de DAZN también contará como abonado de DAZN a los efectos del cálculo del CMG.
Según la CNMC, el incumplimiento supone una infracción muy grave e impone a Telefónica una multa de 5 millones.
Contra esta resolución, Telefónica puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.