El Consejo de Ministros ha dado luz verde, en su reunión de la semana pasada, a propuesta del ministro de Cultura, Ernest Urtasun, y del ministro de Transición Digital, José Luis Escrivá, al proyecto de Ley del Cine y de la Cultura Audiovisual, para su tramitación por la vía de urgencia y aprobación antes de que finalice 2024. Por Jordi Carbonell.
La norma pretende impulsar y fomentar la producción, distribución y exhibición de obras audiovisuales; y establece tanto condiciones que favorezcan su creación y promoción, como medidas para la protección y difusión del patrimonio cinematográfico y audiovisual español. Además tiene la intención de garantizar la defensa de la competencia en el mercado audiovisual. Hasta aquí nada que decir; bueno sí, aparte de ser unas declaraciones bienintencionadas, corremos el riesgo de que si se aprueba el texto tal como ha quedado su redacción, la producción independiente se quede “para vestir santos”, o lo que es lo mismo trabajar para las plataformas y televisiones como una empresa subcontratada de servicios audiovisuales.
Y digo esto porque, a mi modo de ver, nos van a colar dos goles en esta nueva ley, uno en propia puerta como es la definición de productor independiente, y digo en propia puerta porque el gobierno ha aceptado el redactado propuesto por las diferentes asociaciones de productores y que ya denuncié en el artículo que apareció en Cine&Tele PRO.
Y el otro gol, es el de abrir la puerta a las televisiones y plataformas para recibir subvenciones ya que al incorporarse en el título de la ley el concepto de ‘cultura audiovisual’ junto al de ‘cine’, el texto de la ley dice“…al entender que la actividad cinematográfica y la actividad audiovisual constituyen una unidad que integra las especificidades de los distintos medios de explotación y difusión de las obras audiovisuales…” Y reventando de base esa supuesta “protección a la producción independiente” (perdón, sí que la protegen ya que define como “productora independiente” la que en su accionariado no tiene a ninguna televisión o plataforma que posea más de un 20%, o que la obtención por la productora, durante los cinco últimos ejercicios sociales, de más del 80 % de su cifra de negocios acumulada procede de una misma prestadora de servicios de comunicación audiovisual de ámbito estatal). Esta circunstancia no será aplicable a las productoras cuya cifra de negocio haya sido inferior a cuatro millones de euros durante los tres ejercicios sociales precedentes, ni durante los tres primeros años de actividad de la empresa. Así la ley da carta de naturaleza a las productoras satélites que dependen de televisiones y plataformas, convirtiéndolas en independientes ante el aplauso unánime del sector. Pues eso. Que nos han marcado segundo un gol.
Ah y se me olvidaba, un tercer gol, consecuencia del segundo, porque la ley no preve qué porcentaje o cuota sobre los presupuestos del Ministerio de Cultura se destinan a cubrir esa nueva definición, posibilitando así el aumento de obras audiovisuales susceptibles de recibir subvenciones.