La semana pasada se ha notificado una nueva Sentencia que estima el recurso contencioso-administrativo contra una sanción en materia de Telecomunicaciones por causar interferencias a la torre de telefonía móvil de Telefónica Móviles.
Todo comenzó con una denuncia de la compañía telefónica de Lugo, donde ponía en conocimiento que sus señales se veían interferidas por una televisión lucense. Acto seguido los inspectores de Telecomunicaciones realizaron las comprobaciones necesarias que terminaron en la apertura del procedimiento sancionador oportuno.
Todas las fases del procedimiento sancionador se tramitaron conforme a la nueva Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones. Una normativa mucho más dura que la anterior.
Aunque inicialmente se solicitaba una sanción de 500.000 €, la multa final fue de 30.000 € incluyendo el precinto de la televisión, lo que comprometía la continuidad de la emisora.
Tras ello, los abogados de Díez y Romeo recomendaron acudir a la vía judicial, al ver opciones y viabilidad de anular la sanción y el precinto de la emisora televisiva. Tras los trámites seguidos ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo, el Juez dictó una sentencia donde se invalidaba la actuación de la administración.
Al dar por válidos todos los argumentos jurídicos esgrimidos por Jaime Rodriguez letrado de Díez y Romeo, la administración fue condenada en costas. Los puntos claves para anular las sanciones, fueron:
- La falta de motivación debida.
- La ausencia de fiabilidad en la constatación de las interferencias.
- La pérdida de la presunción de certeza de las pruebas de la Administración.
- La imposibilidad de justificar la responsabilidad.
Con este nuevo éxito de los servicios jurídicos de Díez y Romeo, la televisión de Lugo ha podido continuar con su proyecto gracias a la anulación de las sanciones: multa de 30.000 € y precinto